Ganancias extraordinarias y tributación en la minería
Por Félix Jiménez
Los superávit comerciales que se registraron durante 2004 a 2012, aunque decrecientes desde que se inicia la crisis internacional en 2008, fueron causados por el espectacular crecimiento de los precios de los minerales. La tasa de crecimiento promedio anual de los precios en los periodos 2002-2007 y 2009-2011 fueron de 23.5% y 24.1%, respectivamente. En el periodo 1995-2002, los precios crecieron a la tasa de 1.1% promedio anual, pero habían crecido notoriamente entre 1991 y 1995.
Los altos precios de los minerales generaron ganancias extraordinarias durante los años 2003 a 2012. Hay que tomar en cuenta que durante 1990-2002 la producción minera a precios constantes –según cifras del Banco Central (BC)--, creció a la tasa de 8.1% promedio anual, mientras que en los años 2002-2012 creció a la tasa de solo 2.5%.
Si en este último período los precios de las exportaciones hubieran crecido a una tasa de 11.1% promedio anual y no a la tasa de 6.8% como supusimos en nuestro artículo anterior, las ganancias extraordinarias de la minería correspondiente a los años 2004-2012, habrían ascendido a US$ 59,462 millones (US$ 6,607 millones anuales), equivalente al 5.3% del PBI. Además, si realmente los precios de los minerales hubieran crecido a dicha tasa, la balanza comercial del periodo habría registrado un déficit promedio de -0.4%.
Aunque la cifra estimada de las ganancias extraordinarias podría parecer abultada, esta es mucho menor que los US$ 75,092 millones que se remesaron al exterior durante los años 2004-2012 por el concepto de utilidades de la inversión extranjera directa. Este monto equivalente al 6.6% del PBI.
Con una tasa impositiva extraordinaria de 45% a las ganancias extraordinarias de US$ 6,607 millones anuales (3.3% del PBI de 2012), se habría recaudado 1.5% del PBI. En otras palabras, el gobierno hubiera podido recaudar entre US$ 2,500 a US$ 2,900 millones adicionales por el concepto de impuesto a las ganancias extraordinarias. Este habría sido el caso ideal, pero hubiera bastado que se ponga un piso de US$ 1,000 a US$ 1,500 millones anuales por el concepto de un impuesto a las ganancias extraordinarias.
La tributación minera a la baja
El gobierno de Humala incumplió un compromiso electoral y cedió a las presiones del poder minero. Aprobó un nuevo régimen tributario a la actividad minera que incluye a) un impuesto especial a la minería aplicable sobre la utilidad operativa de las empresas sin contratos de estabilidad jurídica; b) un Gravamen especial aplicable sobre la utilidad operativa de las empresas con contratos de estabilidad jurídica; y, c) la modificación de la base de cálculo de la regalía minera aplicable a empresas sin contratos de estabilidad jurídica, optándose por la utilidad operativa y ya no por el nivel de las ventas. Además, de acuerdo con esta nueva normatividad, «el monto pagado es deducible como gasto para efectos del impuesto a la renta».
Esta nueva normatividad tiene un efecto contractivo sobre el canon que reciben los gobiernos regionales y las municipalidades, puesto que reduce la magnitud de las utilidades para efectos del pago del impuesto a la renta. No hay precedentes en gobiernos democráticos que hayan hecho tamaña concesión al poder minero, afectando a las generaciones futuras al no compensar con impuestos adecuados el agotamiento de los recursos o activos naturales.
Por otro lado, de acuerdo con información del BC, la recaudación por el concepto del Gravamen minero ascendió a solo 942 millones de soles en el año 2012; cifra que equivale a solo US$ 357.1 millones y que está muy lejos de los 3 mil millones de soles anuales que según el gobierno permitiría recaudar el citado Gravamen.
Además, hasta setiembre de este año la tributación minera (por el concepto de tercera categoría y regularizaciones) disminuyó en 2,591 millones de soles. Mientras entre enero y setiembre de 2012 se recaudaron 5,148 millones de soles, entre enero y setiembre de este año la recaudación fue de solo 2,557 millones de soles. Se produjo una caída de 50.3%. Los pagos por regalías y por el gravamen se redujeron en 16.1% y 17.2%, respectivamente, comparado con lo recaudado entre enero y setiembre de 2012. Este año, sin duda alguna, la recaudación por el gravamen será mucho menor que la cifra correspondiente a 2012.
A modo de conclusión
El ministro Castilla debe explicar las razones del «incumplimiento» de la promesa de recaudar 3 mil millones de soles con el Gravamen, pues fue él quien lideró la reforma de la tributación minera.
La economía peruana creció a la tasa de 6.3% promedio anual durante once
años, pero solo en cuatro (2004 a 2007) de estos once años se registró
superávit en la cuenta corriente de la balanza de pagos. Antes y después
de 2004-2007 se registraron déficit. En el primer semestre de este año
el déficit ya alcanzó la cifra de -5.4% del PBI. La razón por la que se
registró superávit en los años 2004 a 2007 fue el crecimiento
espectacular en el valor de las exportaciones mineras que dio lugar, por
primera vez en la historia moderna del país, a cuatro años de superávit
comercial equivalente, en promedio, al 7.2% del PBI. Aunque siguen
registrándose superávit comerciales en los años 2008 a 2012, su monto
equivale, en promedio, a solo 3.7% del PBI. En el periodo 1990-2003, la
balanza comercial y la cuenta corriente registraron déficit de -1.5% y
-4.7% del PBI, respectivamente.
Las extraordinarias ganancias mineras
Los superávit comerciales que se registraron durante 2004 a 2012, aunque decrecientes desde que se inicia la crisis internacional en 2008, fueron causados por el espectacular crecimiento de los precios de los minerales. La tasa de crecimiento promedio anual de los precios en los periodos 2002-2007 y 2009-2011 fueron de 23.5% y 24.1%, respectivamente. En el periodo 1995-2002, los precios crecieron a la tasa de 1.1% promedio anual, pero habían crecido notoriamente entre 1991 y 1995.
Los altos precios de los minerales generaron ganancias extraordinarias durante los años 2003 a 2012. Hay que tomar en cuenta que durante 1990-2002 la producción minera a precios constantes –según cifras del Banco Central (BC)--, creció a la tasa de 8.1% promedio anual, mientras que en los años 2002-2012 creció a la tasa de solo 2.5%.
Si en este último período los precios de las exportaciones hubieran crecido a una tasa de 11.1% promedio anual y no a la tasa de 6.8% como supusimos en nuestro artículo anterior, las ganancias extraordinarias de la minería correspondiente a los años 2004-2012, habrían ascendido a US$ 59,462 millones (US$ 6,607 millones anuales), equivalente al 5.3% del PBI. Además, si realmente los precios de los minerales hubieran crecido a dicha tasa, la balanza comercial del periodo habría registrado un déficit promedio de -0.4%.
Aunque la cifra estimada de las ganancias extraordinarias podría parecer abultada, esta es mucho menor que los US$ 75,092 millones que se remesaron al exterior durante los años 2004-2012 por el concepto de utilidades de la inversión extranjera directa. Este monto equivalente al 6.6% del PBI.
Con una tasa impositiva extraordinaria de 45% a las ganancias extraordinarias de US$ 6,607 millones anuales (3.3% del PBI de 2012), se habría recaudado 1.5% del PBI. En otras palabras, el gobierno hubiera podido recaudar entre US$ 2,500 a US$ 2,900 millones adicionales por el concepto de impuesto a las ganancias extraordinarias. Este habría sido el caso ideal, pero hubiera bastado que se ponga un piso de US$ 1,000 a US$ 1,500 millones anuales por el concepto de un impuesto a las ganancias extraordinarias.
La tributación minera a la baja
El gobierno de Humala incumplió un compromiso electoral y cedió a las presiones del poder minero. Aprobó un nuevo régimen tributario a la actividad minera que incluye a) un impuesto especial a la minería aplicable sobre la utilidad operativa de las empresas sin contratos de estabilidad jurídica; b) un Gravamen especial aplicable sobre la utilidad operativa de las empresas con contratos de estabilidad jurídica; y, c) la modificación de la base de cálculo de la regalía minera aplicable a empresas sin contratos de estabilidad jurídica, optándose por la utilidad operativa y ya no por el nivel de las ventas. Además, de acuerdo con esta nueva normatividad, «el monto pagado es deducible como gasto para efectos del impuesto a la renta».
Esta nueva normatividad tiene un efecto contractivo sobre el canon que reciben los gobiernos regionales y las municipalidades, puesto que reduce la magnitud de las utilidades para efectos del pago del impuesto a la renta. No hay precedentes en gobiernos democráticos que hayan hecho tamaña concesión al poder minero, afectando a las generaciones futuras al no compensar con impuestos adecuados el agotamiento de los recursos o activos naturales.
Por otro lado, de acuerdo con información del BC, la recaudación por el concepto del Gravamen minero ascendió a solo 942 millones de soles en el año 2012; cifra que equivale a solo US$ 357.1 millones y que está muy lejos de los 3 mil millones de soles anuales que según el gobierno permitiría recaudar el citado Gravamen.
Además, hasta setiembre de este año la tributación minera (por el concepto de tercera categoría y regularizaciones) disminuyó en 2,591 millones de soles. Mientras entre enero y setiembre de 2012 se recaudaron 5,148 millones de soles, entre enero y setiembre de este año la recaudación fue de solo 2,557 millones de soles. Se produjo una caída de 50.3%. Los pagos por regalías y por el gravamen se redujeron en 16.1% y 17.2%, respectivamente, comparado con lo recaudado entre enero y setiembre de 2012. Este año, sin duda alguna, la recaudación por el gravamen será mucho menor que la cifra correspondiente a 2012.
A modo de conclusión
El ministro Castilla debe explicar las razones del «incumplimiento» de la promesa de recaudar 3 mil millones de soles con el Gravamen, pues fue él quien lideró la reforma de la tributación minera.
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