GAS A MÉXICO SE DESVÍA EN LA RUTA
Por Jorge Manco Zaconetti
Como lo había anticipado este diario muchas veces, la supuesta
exportación de Gas Natural a México, de acuerdo al contrato firmado
entre el estado peruano (Perupetro) y el Consorcio Camisea, estaba
siendo violado al producirse el desvío de las naves en alta mar,
re-direccionándose la carga hacia otros destinos, presumiblemente al
Asia (Japón) con el efecto que el contratista ha terminado pagando
regalías subvaluadas, al aplicarse el medidor de precio correspondiente a
México, cuando lo que se paga en otras localizaciones es mucho mayor.
Esta diferencia ha sido calculada en un monto de 50 millones de dólares,
de los cuales un 50% debe repartirse en Cusco, y que es el resultado de
por lo menos diez embarques con destino falseado detectados hasta la
fecha.
Este grave caso comienza con una carta de Perupetro suscrita por la
gerente general (e) Isabel Tafur Marín, del 4 de mayo del 2012, en la
que se señala que “Perupetro ratifica su posición respecto a que los
marcadores utilizados para el cálculo de las regalías por los períodos
de valorización en que se realizaron embarques cuyo destino señalado por
Pluspetrol Perú Corporation fueron los terminales de Freeport, Sabine
Pass y Cameron, no corresponden al mercado de consumo final (subrayado
en carta) del Gas Natural de estos embarques, no habiendo el contratista
acreditado el real mercado de consumo final de los respectivos
embarques”.
Este hecho que se reputa como incumplimiento de contrato conduce a
Perupetro a la siguiente conclusión: “comunica su intención de dar por
terminado el contrato al término del plazo de sesenta (60) días,
contados a partir de la fecha de la presente notificación, salvo que
dentro de este plazo el referido incumplimiento sea subsanado o que, a
satisfacción de Perupetro, se demuestre que está en vía de subsanación”.
Se puede ver que se trata de una seria controversia en la que estaba de
por medio la terminación del famoso contrato sobre la exportación del
gas por claro incumplimiento del consorcio contratista. Pero el 8 de
mayo, cuatro días después de la conminatoria carta de advertencia, se
emite una segunda comunicación firmada por la misma funcionaria de
apellido Tafur, en la que se da cuenta de una reunión sostenida con
representantes del consorcio que explota el lote 56 (para exportación),
en el que se habría expresado “voluntad de solucionar la discrepancia
surgida entre las partes”. La nota reitera la posición de la entidad
estatal sobre el incumplimiento del contrato de licencia, pero abandona
el tono de exigencia anterior y los reemplaza por una frase lamentable:
“Siendo la voluntad de las partes agotar los mecanismos de solución
de controversias previstos en el citado contrato, hacemos de su
conocimiento que dejamos sin efecto nuestra Carta Notarial
GGRL-SUPC-GFSA-0548-2012, de 4 de mayo del 2012, a fin de que la
discrepancia antes mencionada sea sometida, en el más breve plazo, al
Comité de Conciliación”. (Carta Notarial GGRL-LEGL-0192-2012)
Es decir el intento por poner en claro que las contratistas no pueden
burlarse del país determinando las regalías de acuerdo a los precios de
un puerto cuando la carga va en realidad a otro donde los precios son
más elevados, devino en “una reunión”, en vez de una respuesta por
escrito como era reclamado y en un retiro de la demanda para pasar a una
“conciliación”. Versiones de adentro de Perupetro anotan que los
técnicos encargados de los cálculos financieros y los abogados de la
empresa, se abstuvieron de suscribir el segundo documento por no estar
de acuerdo en definir como “discrepancia” un claro incumplimiento.
Asimismo el estudio legal que atiende los casos de Perupetro habría
indicado que ante un incumplimiento no cabe pasar a comité de
conciliación, porque no se puede negociar lo innegociable, en
consecuencia se estaría recomendando a la gerencia que se elabore una
tercera carta dejando sin efecto la segunda, por considerarse que se ha
cometido un error.
¿QUÉ SUCEDE?
¿Y el Lote 88?
Luego de la patriótica recuperación del lote 88, con la presencia del
presidente de la República en los campamentos de Camisea, se conoció el
contenido del DS 008-2012- EM, según el cual, las empresas contratistas
habían expresado voluntad de poner el íntegro de las reservas de dicho
lote para uso exclusivo del consumo interno, lo que debería ser añadido
como adenda al contrato vigente. Más allá de cualquier crítica al
decreto (una recuperación más bien declarativa) lo cierto es que el
contrato no ha sufrido ningún cambio después de dos meses. ¿Alguien se
está burlando del presidente?
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