POR UNA MINERÍA RESPONSABLE CON MÁS REGALÍAS
Por Jorge Manco Zaconetti
A diferencia del sector petrolero donde el canon se fija como una participación aplicado sobre el valor de la producción descontando los costos de transporte y distribución hasta el punto de fiscalización donde se valoriza el petróleo; el canon petrolero en la práctica se financia con los diversos impuestos generados en la cadena de valor, que van desde las regalías, impuesto a la renta, aranceles y otros. Donde gracias a la ley Nº 29693, el canon petrolero se ha incrementado del 10% del valor de la producción de crudo al 15%, y el sobrecanon del 2.5% al 3.75%, favoreciendo a los departamentos de Piura, Loreto, Ucayali y Tumbes.
En cambio el canon minero depende del impuesto a la renta abonado por las empresas mineras, por ello está sujeto a una serie de deducciones propias de las partidas que conforman el costo de ventas, de los gastos de venta y administrativos como de los gastos financieros.
Así, por ley el Estado ha determinado que el 50% del impuesto a la renta pagado por las empresas mineras se transforma en canon minero que se distribuye en un 10% en el distrito productor donde opera la unidad minera, 25% entre los municipios distritales de la provincia donde se extraen los recursos mineros, un 25% para el gobierno regional que incorpora el 5% para la universidad pública, y el resto un 40% entre los gobiernos locales del departamento donde se explotan los recursos mineros.
Por ello afirmamos que el canon minero no constituye un real canon pues su fuente es el impuesto a la renta, es decir una renta derivada, que está sujeta a una serie de deducciones y beneficios que tienen las empresas mineras en razón del marco atractivo para atraer la inversión privada sobre todo transnacional, en un modelo que está siendo cuestionado por la propia realidad, a través de los numerosos conflictos sociales, en especial por las externalidades negativas, es decir las faltas ambientales que no tienen un correlato efectivo en la remediación (pasivos ambientales) como las pobres penalidades a los infractores, que duermen el “sueño de los justos” en el poder judicial.
Así, los varios beneficios tributarios que van desde la reinversión de utilidades que permite deducir hasta el 80% del impuesto a la renta con fines de reinversión (Mra. Antamina, Mra. Cerro Verde), la depreciación acelerada, la capacidad de deducir los gastos de exploración del impuesto a la renta como las utilidades laborales distribuidas. La exoneración del pago del selectivo al consumo a los combustibles residuales o diesel utilizados en la generación eléctrica al servicio de las empresas mineras.
A ello debe sumarse el blindaje de los llamados contratos de estabilidad jurídica, tributaria y administrativa que justifica indebidamente el no pago de las regalías mineras al llamado “cogollo minero” desde el 2005 con un alto costo fiscal que el gobierno saliente del Dr. García Pérez negoció con el llamado Aporte Voluntario más conocido como óbolo minero que debía sumar los 2,500 millones nuevos soles entre el 2006 al 2011.
Este llamado “aporte de solidaridad con el pueblo peruano” constituyó la salida política que sustituyó al llamado “impuesto extraordinario a las ganancias extraordinarias”, propuesta que se levantó como bandera electoral en las campañas del 2006 y del 2011, en especial por el Comandante Ollanta Humala. En este punto se debiera reconocer la coherencia en el tiempo de la plataforma de “Gana Perú” respecto a la necesidad de incrementar la participación del Estado en la riqueza minera.
MÁS REGALÍAS
Si bien las regalías mineras no resultan significativas como el canon minero, el comportamiento del 2010 en relación al 2009 ha sido de un aumento significativo al pasar de 339 millones de nuevos soles a 605 millones en el 2010 con tendencia al aumento, pues en la medida que finalicen los contratos de estabilidad tributaria las empresas estarían obligadas a pagar las llamadas regalías mineras. Ver cuadro sobre “Total de Transferencias de Regalías Mineras por Departamentos”.
Por estas consideraciones resulta un imperativo nacional la necesidad de una mayor participación del Estado en la renta minera, ante los mayores ingresos y beneficios que están obteniendo las empresas mineras, que explotan recursos naturales no renovables. Esto se puede alcanzar por diversos mecanismos, sea a través de un incremento de las tasas de regalías mineras pasando del 3% al 6% a las empresas donde el valor de los concentrados supera los 120 millones de dólares anuales. En el mismo sentido, las empresas que abonan actualmente el 2% donde el valor del concentrado es superior a los 60 millones de dólares por año pero inferior a los 120 millones pasarían a pagar el 4%, y las empresas donde el valor del concentrado resulta menor a los 60 millones de dólares anuales abonarían el 2% en lugar de pagar el 1%.
En este contexto debiera revisarse la exoneración del abono de regalías que goza la pequeña y minería artesanal, pues allí existe un mundo real de la informalidad donde se abonan regalías privadas de hasta el 40% del valor extraído sobre todo en la explotación de oro, con condiciones lesivas al equilibrio ambiental.
Por los transcendidos periodísticos se tiene conocimiento que el profesor James Otto de la Universidad de Colorado, experto mundial en sistemas tributarios mineros comparados en reuniones llevadas a cabo en el Ministerio de Economía y Finanzas y también con la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, habría recomendado duplicar las tasas de regalías vigentes como una forma efectiva, relativamente sencilla de incrementar la participación del Estado en la renta minera.
Es decir, mediante este mecanismo elevando las tasas de regalías el Estado obtendría mayores ingresos aprovechando el ciclo todavía boyante de los precios internacionales. A ello debiera agregarse la necesidad de negociar con todas las empresas mineras en especial del “cogollo minero” (Mra. Antamina, Mra. Cerro Verde, Mra. Barrick Mra. Tintaya, Mra. Yanacocha) para el abono de regalías que adeudan al Estado desde el 2005.
Este sería un mecanismo efectivo para incrementar los ingresos fiscales que debieran ir de la mano con un sustancial aumento de los derechos de vigencia en las concesiones mineras que al fijarse a 3 dólares por hectárea resultan relativamente baratas para una serie de empresas de la gran y mediana minería y sobre todo a los especuladores que con mínimos programas de inversión minera pueden retener los derechos mineros sobre las concesiones por más de 15 años.
Se trata de elevar los derechos de vigencia para que constituya una barrera de entrada en un sector donde las concesiones mineras se han incrementado superando los 23 millones de hectáreas a nivel país, constituyéndose en una fuente renovada de conflictos por la ausencia de la necesaria zonificación del espacio territorial respondiendo dónde se puede desarrollar actividad minera y dónde debiera evitarse su presencia.
El incremento de las tasas de regalías aplicadas sobre el valor de la producción de los concentrados y/o su equivalente, más el aumento sustantivo de los derechos de vigencia no restaría competitividad a la minería que se desenvuelve en el país, pues existe un techo tributario a nivel comparativo con países como Canadá, Australia, o el mismo vecino del sur Chile, donde operan las mismas transnacionales que están en el Perú.
Los representantes del capital representados en la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía debieran entender que el problema sustancial de la actividad minera no es un problema de competitividad internacional; en verdad se trata de algo más profundo a nivel social, de las mentalidades andinas, de la falta de reciprocidad y de la redistribución del excedente, del Estado fallido y ausente, de la permisibilidad contaminante del medio ambiente; de allí el generalizado rechazo a la minería a nivel país, donde Puno constituye la expresión más descarnada y brutal.
¿QUÉ HACER CON EL APORTE?
En verdad, el nuevo gobierno debe negociar con inteligencia con las empresas mineras para enfrentar y resolver positivamente los graves conflictos sociales relacionados realmente o artificialmente con la actividad minera. Superar la oposición minera será un largo proceso de aprendizaje mutuo entre las comunidades andinas, las poblaciones locales que perciben el canon y las regalías, de los liderazgos regionales y los llamados frentes de defensa que están destinados a florecer en el próximo período por las expectativas desatadas.
Una minería responsable a nivel social, ambiental y tributario constituye un factor de desarrollo no solamente por la generación de ingresos directos e indirectos, los efectos multiplicadores en la inversión y el empleo sino por las posibilidades que se podrían obtener en una visión de largo plazo para industrializar los productos mineros, con un mayor agregado. Así, en lugar de exportar barras de oro se debería exportar joyería de oro y plata como lo hace Italia. En lugar de exportar cobre fino transformar industrialmente este producto en una serie de derivados.
En tal sentido, la experiencia del llamado aporte voluntario no debiera perderse, por ello sería importante su formalización para todas las empresas mineras sin excepción. Así, el 3.75% de la utilidad neta sería denominado el “Fondo de Responsabilidad Social” que debiera invertirse prioritariamente en las comunidades del entorno minero para elevar los índices de desarrollo humano, con educación y salud de calidad, infraestructura y conectividad vial para el desarrollo de los mercados locales etc.
Por tanto si existe un real interés de la Sociedad de Minería por mantener el aporte voluntario, se debiera aprovechar la experiencia acumulada, a través del fondo local y regional, bajo las condiciones en que ha venido operando. Esto sería parte de un paquete para cambiar el rostro de la minería ante la opinión pública.
En resumen, con la renegociación de los convenios de estabilidad tributaria, con mayores tasas de regalías, elevando sustantivamente los derechos de vigencia a los nuevos proyectos mineros, y estabilizando el aporte minero como el 3.75% de la utilidad neta, el Estado tendría una mayor participación en la renta minera.
Las ventajas de este esquema radicaría en el principio de la simplicidad tributaria, donde la fiscalización sobre la recaudación de las regalías mineras debiera ajustarse pues existe una experiencia acumulada. En el mismo sentido, la aplicación del 3.75% sobre la utilidad neta como un fondo de responsabilidad social resulta relativamente fácil de ser identificada, como también los petitorios mineros.
En cambio, la propuesta del impuesto a las sobreganancias o un impuesto extraordinario a las utilidades extraordinarias tiene una limitante temporal en su justificación que podría atenuarse con una caída o retracción de los precios internacionales producida por un recrudecimiento de la recesión de la economía norteamericana o un menor crecimiento de la China. Para ello bastaría con modificar las tasas del impuesto a la renta no solamente para la minería sino para el conjunto de actividades, con un carácter progresivo, bajo el principio de “quién gana más paga más” lo cual tomaría su tiempo en razón de polarización y dispersión de los partidos en el Congreso de la República para el período 2011-2016.
Desde el punto de vista de la economía política resultaría más factible el abono general de las regalías pues existe una justificación económica y moral, pues las más importantes empresas mineras no están pagando por la explotación de los recursos naturales no renovables, que se extinguen en el tiempo, y que pertenecen a la Nación, es decir a todos los peruanos.
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