Sobreganancias mineras y argumentos vulgares
Uno de los argumentos más comunes contra el impuesto a las sobreganancias mineras y petroleras debido dice más o menos lo siguiente: como el Estado pone un impuesto a la renta (IR) de 30% a las empresas, entonces, si el monto de las ganancias aumenta, lo mismo sucederá con el IR que recauda el fisco. Por tanto, el país sí participa de las sobreganancias.
Veamos un ejemplo numérico. Supongamos que el cobre está a US1.00/libra de cobre, que es el precio que había en el año 2000 y que era la base para establecer si una empresa minera llevaba adelante –o no- sus inversiones en una mina X ubicada en el país Y. En ese caso, si la utilidad imponible era de US$ 1,000 millones, el Estado cobraría US$ 300 millones IR y la empresa tendrá una Utilidad Neta de US$ 700 millones.
Agreguemos que la tasa interna de retorno (TIR) de la inversión, al precio de un (1) dólar la libra, estaba entre 15 a 16% para toda la vida útil de la mina, lo cual fue aprobado con aplausos por el directorio de la empresa, ya que superaba largamente la rentabilidad de los bonos del Tesoro y de los ahorros bancarios.
La cuestión es que en los siguientes años los precios estuvieron cerca de US$ 3/libra (debido a factores que nada tienen que ver con la empresa minera como, por ejemplo, el crecimiento de China) lo cual hizo que la utilidad imponible suba a US$ 3,000 millones. En este caso, el IR se triplicará hasta US$ 900 millones, mientras que lo mismo sucederá con la utilidad de la empresa, que subirá hasta US$ 2,100 millones.
Para los neoliberales defensores de la empresa minera, los US$ 900 millones que ahora recauda el Estado son su participación en la sobreganancia. No plantean un impuesto a la sobreganancia incluso si ésta se obtiene de un recurso natural no renovable (que pertenece a todos los peruanos) como las reservas de cobre de la mina X.
La cuestión central, que los neoliberales obvian, es que la TIR de la empresa ya no va a ser la “aplaudida” 14%, sino que va a subir a 20 o 22% (como ha sucedido con Antamina –y eso que todavía le faltan un montón de años de vida útil, por lo que la TIR seguirá aumentando).
Con esta nueva TIR los empresarios mineros se pararán de cabeza y harán mil piruetas. Pero, sobretodo, le agradecerán al gobierno peruano de turno el hecho que ni siquiera les plantee el impuesto a las sobreganancias (como si lo exigen Israel y Chile) porque se contenta con un miserable óbolo, que ni siquiera es recaudado por la Sunat, pues la empresa es la que decide lo que se hace con ese dinero.
El tema de fondo es que la empresa no tiene ningún derecho de llevarse US$ 1,400 millones (2,100 – 700) como Utilidad Neta, pues deben ser compartidos entre el Estado y la empresa, en una proporción a ser discutida en una negociación entre las partes. La recaudación tributaria sería no menor a US$ 2,000 millones anuales, cerca del 1% del PBI. Extraordinario.
Esa negociación debiera darse con las empresas que ya han invertido en el país, aún si tienen contratos de estabilidad tributaria. Seguramente las empresas comprenderán que esas sobreganancias deben compartirse. La cosa cambia con las empresas que recién llegan: aquí de todas maneras debe modernizarse la ley existente para que este nuevo juego comience con nuevas reglas, las mismas que deben incluir algún tipo de participación del Estado en las sobreganancias. ¿No es cierto?
Para terminar, algunos dicen que si esto es así, entonces el Estado debiera dejar de cobrar impuestos cuando los precios bajan. Nos parece bien. Si el precio se pone por debajo de 1 dólar la libra de cobre, entonces se puede plantear que baje la tasa del Impuesto a la Renta. Hasta que eso no suceda, se debe aplicar, sí o sí, el impuesto a las sobreganancias mineras y petroleras. Los recursos naturales del Siglo XIX deben servir para financiar nuestro Siglo XXI.
Veamos un ejemplo numérico. Supongamos que el cobre está a US1.00/libra de cobre, que es el precio que había en el año 2000 y que era la base para establecer si una empresa minera llevaba adelante –o no- sus inversiones en una mina X ubicada en el país Y. En ese caso, si la utilidad imponible era de US$ 1,000 millones, el Estado cobraría US$ 300 millones IR y la empresa tendrá una Utilidad Neta de US$ 700 millones.
Agreguemos que la tasa interna de retorno (TIR) de la inversión, al precio de un (1) dólar la libra, estaba entre 15 a 16% para toda la vida útil de la mina, lo cual fue aprobado con aplausos por el directorio de la empresa, ya que superaba largamente la rentabilidad de los bonos del Tesoro y de los ahorros bancarios.
La cuestión es que en los siguientes años los precios estuvieron cerca de US$ 3/libra (debido a factores que nada tienen que ver con la empresa minera como, por ejemplo, el crecimiento de China) lo cual hizo que la utilidad imponible suba a US$ 3,000 millones. En este caso, el IR se triplicará hasta US$ 900 millones, mientras que lo mismo sucederá con la utilidad de la empresa, que subirá hasta US$ 2,100 millones.
Para los neoliberales defensores de la empresa minera, los US$ 900 millones que ahora recauda el Estado son su participación en la sobreganancia. No plantean un impuesto a la sobreganancia incluso si ésta se obtiene de un recurso natural no renovable (que pertenece a todos los peruanos) como las reservas de cobre de la mina X.
La cuestión central, que los neoliberales obvian, es que la TIR de la empresa ya no va a ser la “aplaudida” 14%, sino que va a subir a 20 o 22% (como ha sucedido con Antamina –y eso que todavía le faltan un montón de años de vida útil, por lo que la TIR seguirá aumentando).
Con esta nueva TIR los empresarios mineros se pararán de cabeza y harán mil piruetas. Pero, sobretodo, le agradecerán al gobierno peruano de turno el hecho que ni siquiera les plantee el impuesto a las sobreganancias (como si lo exigen Israel y Chile) porque se contenta con un miserable óbolo, que ni siquiera es recaudado por la Sunat, pues la empresa es la que decide lo que se hace con ese dinero.
El tema de fondo es que la empresa no tiene ningún derecho de llevarse US$ 1,400 millones (2,100 – 700) como Utilidad Neta, pues deben ser compartidos entre el Estado y la empresa, en una proporción a ser discutida en una negociación entre las partes. La recaudación tributaria sería no menor a US$ 2,000 millones anuales, cerca del 1% del PBI. Extraordinario.
Esa negociación debiera darse con las empresas que ya han invertido en el país, aún si tienen contratos de estabilidad tributaria. Seguramente las empresas comprenderán que esas sobreganancias deben compartirse. La cosa cambia con las empresas que recién llegan: aquí de todas maneras debe modernizarse la ley existente para que este nuevo juego comience con nuevas reglas, las mismas que deben incluir algún tipo de participación del Estado en las sobreganancias. ¿No es cierto?
Para terminar, algunos dicen que si esto es así, entonces el Estado debiera dejar de cobrar impuestos cuando los precios bajan. Nos parece bien. Si el precio se pone por debajo de 1 dólar la libra de cobre, entonces se puede plantear que baje la tasa del Impuesto a la Renta. Hasta que eso no suceda, se debe aplicar, sí o sí, el impuesto a las sobreganancias mineras y petroleras. Los recursos naturales del Siglo XIX deben servir para financiar nuestro Siglo XXI.
AUTOR : Humberto Campodonico
FUENTE : CRISTAL DE MIRA
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